Para acogerse al procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior, deben haber transcurrido dos años desde la celebración del matrimonio civil; asimismo, que su matrimonio se haya celebrado en la Municipalidad de Pucusana o su último domicilio conyugal haya sido en el distrito de Pucusana.
- Solicitud de separación convencional dirigida al alcalde de la Municipalidad, en la que se manifieste de manera indubitable, la decisión de separarse, señalando el nombres completos y correctos, Documento Nacional de Identidad (DNI), correos electrónicos y número de celular, y debe ser firmada por ambos, con huella digital de cada uno.
- Si los cónyuges son analfabetos, ciegos o tienen otra discapacidad, debe indicarse en la solicitud, procediéndose mediante firma a ruego, sin perjuicio que impriman su huella digital o grafía de ser el caso
- Copia simple Documento Nacional de Identidad (DNI), vigente de ambos cónyuges, con el estado civil de casados.
- Copia certificada del acta de matrimonio civil, expedida por RENIEC o el Registro Civil del lugar del matrimonio con vigencia no mayor a tres meses .
- Declaración jurada del último domicilio conyugal, con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges.
- En caso que el trámite lo realice un apoderado se debe adjuntar la minuta del poder especial, la ficha o partida registral expedida por la Oficina de Registros Públicos(originales o copias certificadas) y copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) del apoderado.
- Cuando se trata de poderes provenientes del extranjero, estos deben ser tramitados ante el consulado peruano respectivo, visados en el Ministerio de Relaciones Exteriores e inscritos en los Registros Públicos
- Recibo de pago: 210.60 soles (doscientos diez y 60/100 soles)
- Declaración jurada con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges de no tener hijos menores de edad y/o no tener hijos mayores de edad con incapacidad.
- Copia certificada del acta de nacimiento expedida por RENIEC o el Registro Civil correspondiente con vigencia no mayor a tres meses.
- Copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación que determine los regímenes para el ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y régimen de visitas.
- Declaración jurada con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges en la que indiquen no tener hijos mayores de edad con incapacidad.
- Copia certificada del acta de nacimiento por RENIEC o el Registro Civil correspondiente con vigencia no mayor a tres meses .
- Copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación que determine los regímenes del ejercicio de la curatela, alimentos y visitas.
- Copia certificada de la sentencia judicial firme que declare la interdicción del hijo mayor con incapacidad y en la que nombran a su curador.
- Declaración jurada con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges en la que se indica que carecen de bienes sujetos al régimen de la sociedad de gananciales.
- Escritura pública inscrita en los Registros Públicos de Separación de Patrimonio.
- Escritura pública inscrita en los Registros Públicos de sustitución o liquidación del régimen patrimonial.
Para presentar la solicitud de disolución del vínculo o divorcio ulterior, debe transcurrir dos meses de emitida la resolución administrativa de separación convencional y notificada a ambos cónyuges.
- Solicitud presentada por cualquiera de los cónyuges, debe estar dirigida al alcalde de la jurisdicción, y en el documento debe señalar el nombre, documento de identidad, firma y huella digital del solicitante.
- En caso el solicitante sea analfabeto, ciego o adolezca de otra discapacidad, deberá constar en la solicitud, procediéndose mediante firma a ruego, sin perjuicio que imprima su huella digital o grafía de ser el caso.
- Recibo de pago: S/. 107.60 soles (ciento siete y 60/100 soles)
- Nota: Después de 05 (cinco) días hábiles de presentada la solicitud de disolución del vínculo, la Oficina General de Secretaria de Concejo, expedirá los oficios dirigidos a RENIEC y SUNARP que van acompañados de las copias certificadas de las Resoluciones de Alcaldía que declaran la Separación Convencional y el Divorcio Ulterior cuyo costo total es de: S/. 30.20 (treinta y 20/100 soles), a fin de que el administrado pueda realizar el registro del divorcio municipal ante dichas instituciones y poder tramitar el DNI con el estado civil de divorciado (a).