Bienvenidos a la Municipalidad de Pucusana
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SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR
PRIMERA ETAPA: TRÁMITE DE SEPARACIÓN CONVENCIONAL

Para acogerse al procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior, deben haber transcurrido dos años desde la celebración del matrimonio civil; asimismo, que su matrimonio se haya celebrado en la Municipalidad de Pucusana o su último domicilio conyugal haya sido en el distrito de Pucusana.

REQUISITOS GENERALES:
  • Solicitud de separación convencional dirigida al alcalde de la Municipalidad, en la que se manifieste de manera indubitable, la decisión de separarse, señalando el nombres completos y correctos, Documento Nacional de Identidad (DNI), correos electrónicos y número de celular, y debe ser firmada por ambos, con huella digital de cada uno.
  • Si los cónyuges son analfabetos, ciegos o tienen otra discapacidad, debe indicarse en la solicitud, procediéndose mediante firma a ruego, sin perjuicio que impriman su huella digital o grafía de ser el caso
  • Copia simple Documento Nacional de Identidad (DNI), vigente de ambos cónyuges, con el estado civil de casados.
  • Copia certificada del acta de matrimonio civil, expedida por RENIEC o el Registro Civil del lugar del matrimonio con vigencia no mayor a tres meses .
  • Declaración jurada del último domicilio conyugal, con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges.
  • En caso que el trámite lo realice un apoderado se debe adjuntar la minuta del poder especial, la ficha o partida registral expedida por la Oficina de Registros Públicos(originales o copias certificadas) y copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) del apoderado.
  • Cuando se trata de poderes provenientes del extranjero, estos deben ser tramitados ante el consulado peruano respectivo, visados en el Ministerio de Relaciones Exteriores e inscritos en los Registros Públicos
  • Recibo de pago: 210.60 soles (doscientos diez y 60/100 soles)

REQUISITOS RELACIONADOS CON LOS HIJOS:
1.- En caso de no tener hijos:
  • Declaración jurada con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges de no tener hijos menores de edad y/o no tener hijos mayores de edad con incapacidad.
2.- En caso de tener hijos menores de edad:
  • Copia certificada del acta de nacimiento expedida por RENIEC o el Registro Civil correspondiente con vigencia no mayor a tres meses.
  • Copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación que determine los regímenes para el ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y régimen de visitas.
  • Declaración jurada con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges en la que indiquen no tener hijos mayores de edad con incapacidad.
3.- En caso de tener hijos mayores de edad con incapacidad:
  • Copia certificada del acta de nacimiento por RENIEC o el Registro Civil correspondiente con vigencia no mayor a tres meses .
  • Copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación que determine los regímenes del ejercicio de la curatela, alimentos y visitas.
  • Copia certificada de la sentencia judicial firme que declare la interdicción del hijo mayor con incapacidad y en la que nombran a su curador.

REQUISITOS RELACIONADOS CON EL PATRIMONIO:
1.- En caso no tengan bienes:
  • Declaración jurada con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges en la que se indica que carecen de bienes sujetos al régimen de la sociedad de gananciales.
2.- En caso de separación del patrimonio:
  • Escritura pública inscrita en los Registros Públicos de Separación de Patrimonio.
3.- En caso de sustitución o liquidación del régimen patrimonial:
  • Escritura pública inscrita en los Registros Públicos de sustitución o liquidación del régimen patrimonial.

SEGUNDA ETAPA: TRÁMITE PARA EL DIVORCIO ULTERIOR O DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO

Para presentar la solicitud de disolución del vínculo o divorcio ulterior, debe transcurrir dos meses de emitida la resolución administrativa de separación convencional y notificada a ambos cónyuges.

REQUISITOS GENERALES:
  • Solicitud presentada por cualquiera de los cónyuges, debe estar dirigida al alcalde de la jurisdicción, y en el documento debe señalar el nombre, documento de identidad, firma y huella digital del solicitante.
  • En caso el solicitante sea analfabeto, ciego o adolezca de otra discapacidad, deberá constar en la solicitud, procediéndose mediante firma a ruego, sin perjuicio que imprima su huella digital o grafía de ser el caso.
  • Recibo de pago: S/. 107.60 soles (ciento siete y 60/100 soles)

  • Nota: Después de 05 (cinco) días hábiles de presentada la solicitud de disolución del vínculo, la Oficina General de Secretaria de Concejo, expedirá los oficios dirigidos a RENIEC y SUNARP que van acompañados de las copias certificadas de las Resoluciones de Alcaldía que declaran la Separación Convencional y el Divorcio Ulterior cuyo costo total es de: S/. 30.20 (treinta y 20/100 soles), a fin de que el administrado pueda realizar el registro del divorcio municipal ante dichas instituciones y poder tramitar el DNI con el estado civil de divorciado (a).

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DIVORCIO

REQUISITOS EXIGIDOS PARA EL TRÁMITE DE SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR ENLA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA LEY Nº 29227 Y SU REGLAMENTO

I. GENERALES:
  • Último domicilio conyugal haya sido en Pucusana o el matrimonio se haya celebrado en: Pucusana.
  • Solicitud escrita, en la que expresarán su firmeza de separación; firmada y con impresión de la huella digital de cada uno de los cónyuges que deseen divorciarse, señalando sus nombres, sus domicilios actuales, número de documento de identidad y último domicilio conyugal. (DE ACUERDO A MODELO PÁG. WEB)
  • Copias simples y legibles de los DNI vigentes de ambos, con el estado civil “CASADO”
  • Copia Certificada del Acta o de la Partida de Matrimonio, expedida dentro de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Declaración Jurada del último domicilio conyugal, de ser el caso, suscrita obligatoriamente por ambos cónyuges (DE ACUERDO A MODELO DE PÁG. WEB).
  • Comprobante de pago de la tasa por derecho de trámite, previsto en el TUPA de la MDP. (Se autoriza pago, solo si cumple con los requisitos).
  • De ser el caso otorgar autorización para ser notificados vía correo electrónico suscrita obligatoriamente por ambos cónyuges y declaración jurada de domicilio actual de no coincidir la dirección del DNI (DE ACUERDO A MODELO DE PÁG. WEB).

II. MATRIMONIO SIN HIJOS
  • Declaración Jurada, con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges de no tener hijos menores o mayores de edad con incapacidad (DE ACUERDO A MODELO DE PÁG. WEB)

III. MATRIMONIO SIN BIENES
  • Declaración jurada con firma e impresión de la huella digital de cada uno de los cónyuges, de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales. (DE ACUERDO A MODELO DE PÁG. WEB)

IV. MATRIMONIO CON HIJOS
  • Copia Certificada del Acta o de la Partida de Nacimiento, expedida dentro de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de los hijos menores o hijos mayores con incapacidad, si los hubiera
  • Copia Certificada de la sentencia judicial firme respecto de los regímenes de ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y de visitas de los hijos menores, si los hubiera; o
  • Copia Certificada del acta de conciliación, respecto de los regímenes de ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y de visitas de los hijos menores, si los hubiera;
  • Copia Certificada de la sentencia judicial firme o del acta de conciliación respecto de los regímenes de ejercicio de la curatela, alimentos, y visitas; de los hijos mayores con incapacidad, si los hubiera;
  • Copias Certificadas de las sentencias judiciales firmes que declaran la interdicción del hijo mayor con incapacidad y que nombran a su curador.

V. MATRIMONIO CON BIENES
  • Testimonio de la Escritura Pública inscrita en los Registros Públicos de separación de patrimonios; o
  • Testimonio de la Escritura Pública inscrita en los Registros Públicos de sustitución y de la liquidación del régimen patrimonial si fuera el caso.

VI. PODER NOTARIAL O CONSULAR
  • En el caso de los representantes de los cónyuges, estos deberán presentar el poder inscrito en Registros Públicos, que este vigente y debe ser otorgado con las facultades específicas que la Ley su reglamento establecen (PAUTAS EN LA PÁG. WEB).
  • Copia simple del DNI vigente del apoderado.

NOTIFICACIONES
  • Declaración jurada con firma e impresión de la huella digital de cada uno de los cónyuges, de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales. (DE ACUERDO A MODELO DE PÁG. WEB)

REQUISITOS EXIGIDOS PARA EL TRÁMITE DE DIVORCIO ULTERIOR

  • Haber Transcurrido 02 meses de emitida y notificada al último cónyuge la Resolución de Separación Convencional
  • Solicitud de cualquiera de los cónyuges dirigida al Alcalde solicitando la disolución del vínculo matrimonial. (DE ACUERDO A MODELO DE PÁG. WEB)
  • Comprobante de pago de la tasa por derecho de trámite, previsto en el TUPA de la MDP

NOTIFICACIONES